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Córdoba: Los abogados lograron una actualización de sus honorarios profesionales

La Legislatura de Córdoba sancionó una reforma del Código de Aranceles para abogados y abogados, promovido por la Asociación de Abogados de Córdoba. La medida busca actualizar y mejorar las condiciones de compensación profesional, después de años de pérdida de poder adquisitivo. Con un amplio apoyo legislativo, tiene como objetivo garantizar tarifas justas, fortalecer su carácter alimentario y proporcionar una mayor previsibilidad al sistema.

En la última sesión, el Proyecto 41315 se convirtió en ley. La iniciativa, promovida por legisladores de diferentes bloques, también recibió el apoyo de la Asociación de Jueces y funcionarios judiciales de Córdoba y otras entidades del campo legal.

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En este sentido, Eduardo Bittar, el presidente de la Asociación de Abogados de Córdoba, agradeció a los legisladores de todos los partidos políticos y dijo que esta ley llega a reconocer “la dignidad profesional” de los profesionales fundamentalmente porque “ellos son los que tienen en sus manos una tarea compleja: la defensa de los derechos de los ciudadanos”.

Código de tarifa: los principales cambios en la ley

Entre los principales cambios, las nuevas regulaciones establecen un sistema porcentual progresivo para las tarifas, vinculado al contenido económico del proceso; obliga al Tribunal Superior de Justicia a publicar el valor del “jus” mensualmente; y regula explícitamente los acuerdos de cuota de litis entre abogados y clientes. También incorpora criterios actualizados para la base regulatoria de juicios y repara escalas específicas para casos familiares, como divorcios, adopciones o alimentos.

La reforma también fortalece los procedimientos de regulación de las tarifas y otorga autonomía a las acciones antes de las comisiones médicas, lo que permite la ejecución directa de las tarifas. Además, se aclara que las cámaras deben establecer las tarifas, y se requiere que cualquier resolución judicial reconocida los derechos contemplen la regulación correspondiente.

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Los puntos principales de la reforma de la ley son:

Regulación en jus, para mantener las tarifas actualizadas. Tasa legal de interés compensatorio, para evitar tasas negativas. Interés moratorio, no para recompensar la violación.

Imperatividad de las tarifas mínimas.

Base reguladora mínima del 50% del valor del ensayo, para evitar bases pequeñas y poder hacer regulaciones razonables antes de la conclusión del ensayo. La legitimación de los abogados para recurrir a la imposición de costos, plantear perecciones y ejercer cualquier facultad de procedimiento que proteja sus derechos. La tutela anticipada, para cobrar inmediatamente las sumas que el deudor reconoce el deber. Pautas regulatorias para el proceso oral, procesos colectivos y violencia familiar y de género. Actualización de regulaciones sobre regulación en procesos de familias para adaptarlos al código civil y comercial

Amplio apoyo en la legislatura

La legisladora Victoria Busso enfatizó que la iniciativa era “una construcción colectiva” y comentó la necesidad de actualización debido al proceso inflacionario y la pérdida de valor de las tarifas de los abogados desde 2010 “. Estas modificaciones están destinadas a renovar un sistema anticuado por otro alineado con los principios constitucionales”, dijo.

El debate legislativo también incorporó modificaciones en el último momento a la sugerencia de Oscar Tamis y Agustín Spaccesi, incluidos los detalles sobre el Pacto de la Cuota de Litis, la regulación diaria del valor del jus y las obligaciones de los responsables del pago de las tarifas.

Finalmente, después de la aprobación de la ley, las autoridades y los abogados del Colegio de Abogados celebraron el logro en el recinto legislativo, considerando un avance significativo para la profesión. “Las tarifas, además de importar el entorno de subsistencia para los abogados, y sus familias, deben significar una remuneración equitativa de una tarea que contemple la responsabilidad profesional comprometida con la defensa de los derechos del cliente”, agregó Bittar.

Ejes centrales de la nueva ley

Algunos de los ejes centrales, incluida la nueva ley, son:

Se reemplaza la escala fija y fragmentada de las tarifas por un sistema porcentual progresivo, con mínimos legales vinculados al contenido económico del proceso, para garantizar un apoyo proporcional al trabajo profesional. La obligación del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba se presenta (como una novedad) de publicar el valor del “jus” mensualmente y la posibilidad de formar una comisión de revisión técnica cuando la variación anual no refleja adecuadamente la depreciación monetaria. Las regulaciones regulatorias se incorporan alrededor del pacto de cuota de litis, que se permite expresamente, y ciertos parámetros se incorporan para proporcionar una mayor certeza legal a los acuerdos entre profesionales y clientes. Se contempla la posibilidad de solicitar la regulación provisional en casos de interrupción temprana y detención del proceso. Se agregan criterios objetivos y actualizados para determinar la base regulatoria del ensayo, que constituye una mejora en ausencia de pautas claras en el sistema actual. Se organiza que las cámaras deben establecer las tarifas. En términos de derechos familiares, se introducen escalas específicas para el divorcio, la adopción, los alimentos, la responsabilidad de los padres y otros procesos. Se incorporan disposiciones especiales para las acciones antes de las comisiones médicas, reconociendo su autonomía procesal y la posibilidad de la ejecución directa de las tarifas. En los aspectos procesales, se aclara la obligación de regular las tarifas en cualquier resolución judicial que implique el reconocimiento de los derechos o la resolución de las controversias, y los procedimientos de incidentes regulatorios se fortalecen, con la inclusión de mecanismos de presunción y abreviatura de procesos.

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